
El Ordinariato se establece como una jurisdicción
personal, dependiente de la Santa Sede, al frente de la cual, como su
Ordinario, ha puesto en este caso al arzobispo de Madrid, Monseñor Carlos Osoro y asume una misión
pastoral de ámbito inter-diocesano, ya que se extiende a todos los
fieles de rito oriental que residen en España, en todas las diócesis.
Hasta
ahora esos fieles católicos orientales emigrados a Occidente hacían lo que
podían en cada iglesia local, dependiendo de cada obispo diocesano.
Ya
existen ordinariatos para católicos orientales en Polonia, Austria, Francia,
Brasil y Argentina.
Los
Ordinariatos son una estructura eclesial utilizada por el papa emérito Benedicto
XVI mediante la Constitución
apostólica Anglicanorum coetibus, del 4-XI-2009, para la atención pastoral de
fieles provenientes del Anglicanismo, que entraron en la Iglesia Católica y que
tengan capacidad (o permiso) para seguir con su rito propio.
La estructura consta de unos fieles, un presbiterio y un
jerarca, su Pastor ordinario pues su potestad es jurídicamente ordinaria, no
vicaria o delegada.
Es
una jurisdicción personal porque no está, como ocurre con las diócesis,
determinada por un territorio sino por unas personas residentes en diversas
diócesis, aunque con los límites territoriales de una Conferencia Episcopal.
Así no dependen de parroquia alguna pues el Ordinariato les ofrece toda la
atención pastoral o sacramental que suelen recibir los fieles “normales”,
diocesanos y pueden conservar su(s) rito(s) propios.
Así, para que un clérigo no incardinado en el Ordinariato personal
pueda administrar un matrimonio entre fieles pertenecientes al Ordinariato,
debe recibir la facultad del Ordinario o del pastor de la parroquia personal a
la que pertenecen los fieles. Y un Ordinariato puede establecer su propio
tribunal para causas judiciales de sus fieles.
A día de hoy, están erigidos 48 Ordinariatos
personales, a parte el de reciente creación para los católicos orientales:
1. Ordinariato personal de Nuestra Señora de
Walsingham erigido en enero 2011 en
el ámbito de las Conferencias Episcopales de Inglaterra y Gales para los
anglicanos que vuelven a la unidad plena con la Iglesia católica.
2. Ordinariato personal de la Cátedra de san Pedro,
erigido en enero 2012 en el ámbito de la Conferencia Episcopal norteamericana.
El ordinariato –por decreto del papa Francisco- incluye también a
aquellos fieles, de toda clase y condición de vida, que han recibido los
Sacramentos de iniciación en la jurisdicción del Ordinariato mismo, o han sido
acogidos por ser miembros de una familia perteneciente al Ordinariato.
3. Ordinariato personal de Nuestra Señora de la
Cruz del Sur, erigido en junio 2012
en el ámbito de la Conferencia Episcopal australiana.
4.
De los 9 Ordinariatos Orientales existentes en
la actualidad, 3 son específicamente de rito armenio.
5. Además hay 36 Ordinariatos militares por estos mundos
de Dios.
Esta
nueva figura jurídica de los ordinariatos ha despertado mucho interés, sobre
todo entre los canonistas que ven las ventajas de tales estructuras eclesiales
aunque también algunos inconvenientes jurídicos para quienes creen que retrae a
los obispos diocesanos un puñado de sus posibles fieles diocesanos.

Al frente de la Prelatura está un
Prelado ayudado por su presbiterio para las tareas sacerdotales. Los fieles
laicos pueden colaborar con el Prelado, sea o no obispo, en las tareas de
gobierno.
Hasta
el momento solo existe una, la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei. Esta
estructura eclesial está muy discutida y se reflejó en el nuevo Código de
Derecho Canónico que aprobó san Juan Pablo II en 1982. Hay unos que están a
favor de la tesis asociativa como Josep Ratzinger, y otros partidarios de la
ubicación adecuada en la estructura jerárquica de la Iglesia. Está claro que tanto
una Prelatura personal, como los ordinariatos, no son una iglesia particular
como sí lo es una diócesis, ya que contiene todas las características
esenciales de la Iglesia universal. Entre esas notas especificas está la
catolicidad que supone universalidad, pluralidad y no guetos o grupos cerrados.

Hoy
día hay 42 prelaturas territoriales, la mayoría (casi el 80%) en Brasil y Perú.
Hay cuatro en Filipinas y cinco en Europa donde la Misión en Francia es una institución especial aunque jurídicamente
sea prelatura territorial.
Ahora
se está hablando bastante de la posible estructura eclesial que el papa
Francisco pueda conceder a los lefebrerianos cuando regresasen a la
plena unidad con Roma. Parece obvio que será un Ordinariato como para los
anglicanos pues sus fieles querrán ser atendidos en lo ordinario por su clero y
no depender para nada de parroquia alguna. Esos fieles podrán seguir
“disfrutando” de su rito propio preconciliar y recibirán una pastoral y una
sacramentalidad ordinaria y no una tarea peculiar por lo que no serán una
Prelatura Personal.
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